El Gobierno de Cataluña establece un nuevo marco para la regulación de precios de alquiler, excluyendo el sector vacacional

En un esfuerzo por estabilizar el mercado de alquileres y cerrar brechas legales, Cataluña ha anunciado la extensión de las medidas de contención de precios a todos los arrendamientos temporales, exceptuando los dedicados a usos turísticos.

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Publicado el
24/4/24
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Ante las fluctuaciones y especulaciones del mercado de alquiler, el Govern de Cataluña ha implementado una extensión normativa con el objetivo principal de controlar y contener los precios en la región. Este movimiento normativo, que fue promulgado el 24 de abril, busca proteger al consumidor y evitar el aumento desmesurado en los arrendamientos de uso temporal que no estén orientados al turismo.

Alcance y Detalles de la Nueva Regulación

Detallando las medidas, la consellera de Territorio, Ester Capella, ha destacado que este Decreto Ley protegerá a los inquilinos al imponer un techo en los precios de alquileres por motivos laborales, académicos, médicos o temporales, asegurando así que las tarifas de alquiler se mantengan bajo control y no sean un vehículo para el aprovechamiento de vacíos legales. La normativa estipula que las condiciones de los contratos temporales, en cuanto a fianzas y actualizaciones de precio, se rijan por la misma ley que los contratos de alquiler permanente.

Con estas acciones, el Govern busca no sólo revelar los puntos vulnerables que la legislación estatal dejó sin resolver, sino también amplificar la aplicación de la contención de rentas en Cataluña, asegurando que el parque de vivienda pública no se vea mermado por la ausencia de un presupuesto regional para el presente año.

Rentas por Habitaciones y Obligaciones Contractuales

Dentro de este marco, el alquiler de propiedades por habitaciones también ha sido regulado para que la suma de las rentas no exceda el límite que sería aplicable a la vivienda entera. Además, se refuerzan los requisitos en cuanto a la información contractual: ahora se debe establecer claramente el motivo del alquiler y de no hacerse, se presume que es para vivienda permanente, aplicándose así los controles de renta correspondientes.

Los anuncios y contratos de alquiler vendrán acompañados de información detallada, incluyendo el precio de referencia y anteriores contratos, aumentando así la transparencia del mercado. Los propietarios tendrán un plazo de cinco días para actualizar la publicidad existente con estos datos. En el caso de los grandes tenedores, se obliga a la declaración expresa de esta condición.

Sanciones por Incumplimiento

La eficacia de este marco regulatorio viene respaldada por un sistema sancionador reforzado. Las faltas muy graves, como exceder el 30% sobre índice de referencia o falsificar la causa del contrato, podrían acarrear multas de hasta 900.000 euros. Las faltas graves incluyen sobretasaciones menos excesivas y la omisión de detalles contractuales, cuyas sanciones alcanzan los 90.000 euros. En cuanto a las faltas leves, por incumplimientos en la publicidad y excedentes ligeros en el precio, se establecen multas de hasta 9.000 euros.

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